Circular nº 39 de 2016 - Protección a la Infancia y Adolescencia

PROTECCIÓN A LA INFANCIA Y ADOLESCENCIA

En relación a las normas establecidas en la Ley 26/2015 de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y adolescencia, se publica esta circular sobre el procedimiento de solicitud y obtención del certificado de delitos de naturaleza sexual y una guía sobre el acceso a la aplicación telemática Cliente Ligero SCSP (Sustitución de Certificados en Soporte Papel) - Pulsa para ver la guía

CERTIFICADO POR DELITOS DE NATURALEZA SEXUAL

 

 1. QUIÉN DEBE SOLICITARLO/PRESENTARLO

Quien pretenda acceder o ejerza profesiones, oficios, actividades o voluntariados que impliquen contacto habitual con menores, de conformidad con la Ley 26/2015, de 28 de Julio, de Modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, y la Ley 45/2015, de 14 de octubre, del Voluntariado.

Objetivo: incrementar el control de este tipo de delincuentes y evitar su contacto con menores.

Cualquier organismo (público o privado que delegue en alguna administración pública competente) ante el que se tramite un procedimiento para acceder o ejercer profesiones, oficios, actividades o voluntariados que impliquen un contacto habitual con menores, siempre que no se trate de información reservada a Jueces y Tribunales y siempre con autorización expresa y previa del interesado de conformidad con el Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales. Desde noviembre de 2015 se puede realizar a través de la Plataforma de Intermediación de Datos que ofrece el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

En el caso de extranjeros o con otra nacionalidad además de la española, además deberán aportar un certificado negativo de antecedentes penales de su país de origen o de donde es nacional, traducido y legalizado de acuerdo con los Convenios internacionales existentes, respecto de los delitos a los que se refiere el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996. El alcance de dicho certificado dependería de la normativa de cada país, bien del Registro de

Delincuentes Sexuales expresamente, que ya existe en muchos países, bien del Registro de Penados, sin que en ningún caso puedan valorarse a estos efectos otros posibles delitos de naturaleza distinta a la sexual que el ciudadano hubiera cometido. Especialidades:

  • Cuando se trate de extranjeros de origen de la Unión Europea o nacionales de la misma, el Registro Central de Penados solicitará a la autoridad central del Estado de nacionalidad de la persona que realiza la petición, información sobre dichos antecedentes para poder incluirla en el certificado que se le facilite. En este caso, la tramitación del certificado estará condicionada a la normativa, práctica y plazos del país de que se trate.
  • En los casos de extranjeros cuyos países no dispongan de un Registro de antecedentes penales, podría exigírsele un certificado consular de buena conducta.
  • En los supuestos de convocatorias para cubrir puestos de trabajo en que sean necesarios los antecedentes penales por delitos de naturaleza sexual, con la finalidad de evitar aglomeraciones, se recomienda que las entidades que convoquen este tipo de puestos de trabajo, prevean la inclusión en la solicitud o instancia una declaración responsable del 2 interesado sobre la ausencia de los mismos, debiendo acreditarlo con posterioridad – mediante la certificación correspondiente únicamente aquellos que superen las pruebas (en el momento previo a su incorporación o acceso) bien directamente o a través del empleador si previamente le autorizó en la propia instancia o solicitud para su consulta.
2. MÉTODOS DE OBTENCIÓN

 

2.1. PETICIONES A TRAVES DE LA PLATAFORMA DE INTERMEDIACIÓN DE DATOS DE FORMA MASIVA O INDIVIDUAL POR LAS ORGANIZACIONES públicas o privadas que deleguen en alguna administración pública competente:
  • Las entidades públicas pueden recabar información sobre la situación penal de sus trabajadores, colaboradores o candidatos, a través de la PLATAFORMA DE INTERMEDIACIÓN DE DATOS (PID) del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas http://administracionelectronica.gob.es/ctt/svd#.VqnanvnhCM8.bien de forma individual, bien de forma conjunta o masiva, previo consentimiento expreso de éstos.
  • La consulta individual
  • La consulta conjunta o masiva

Inicialmente, la Plataforma no emite certificados, sino que devuelve automáticamente información sobre los empleados que con seguridad carecen de antecedentes (penales o de delitos de carácter sexual), pero no respecto a los que no está claro, que deberán ser solicitadospersonalmente ellos. No es necesario que el ciudadano se desplace a solicitar el certificado de antecedentes penales ni abone la tasa de expedición, solo deberá autorizar, con carácter previo, a la Administración para que haga la consulta, salvo que no esté claro si tiene o no antecedentes. A partir del 1 de marzo también estará disponible en la Plataforma la consulta al Registro Central de Delincuentes Sexuales se incorpora a este documento una presentación sobre el funcionamiento de dicho servicio.Para acceder directamente a la misma es necesario darse de alta en el Sistema y desarrollar unconector o “cliente ligero” que puede ser desarrollada por el organismo cliente o utilizar la queofrece la Plataforma. (El Ministerio de Educación, la Generalitat de Catalunya, la Comunidad deMadrid, por ejemplo ya lo tienen).

  • Las organizaciones privadas que deban solicitar a sus empleados, colaboradores, o candidatos el certificado de carecer de antecedentes penales, recogida la autorización expresa del interesado, podrán delegar en la Administración Pública de la que dependan, en las Gerencias territoriales o en la oficina de atención al ciudadano, para que sean estos organismos los que lancen la petición a la Plataforma de Intermediación de datos.
 2.2. OTRAS FORMAS DE OBTENER EL CERTIFICADO DE CARECER ANTECEDENTES PENALES POR DELITOS DE NATURALEZA SEXUAL

 

 2.2.1. POR VÍA TELEMÁTICA

En la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia:  https://sede.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Sede/es/tramites/certificadoantecedentes

El trámite lo podrá realizar cualquier ciudadano poseedor de un identificador electrónico homologado y devolverá el resultado de la búsqueda a su correo electrónico, o mediante un mensaje al móvil, con un código para que únicamente él lo pueda visualizar y/o imprimir.

  • Hasta el 29 de Febrero:
    • Se emite el certificado tradicional de Antecedentes Penales y para obtenerlo es necesario el pago previo de una tasa (3,70 €).
  • A partir del 1 de Marzo:
    • Nace el Registro de delincuentes sexuales y se emite de forma gratuita un certificado específico sobre los antecedentes por delitos de naturaleza sexual.

     

 2.2.2. DE FORMA PRESENCIAL
  • Hasta el 29 de Febrero:
    • Se emite el certificado tradicional de Antecedentes Penales, presencialmente y se puede solicitar en:
  • En las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia, en las direcciones y horarios de apertura e información siguientes: http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Portal/es/direccionestelefonos/ministeriojusticia/gerenciasterritoriales
  • En los registros de las Delegaciones de Gobierno en las Comunidades Autónomas y las Subdelegaciones de Gobierno de las Provincias que colaborarán en la recepción y tramitación de los certificados. Elaborarán una relación de peticiones que remitirán a las Gerencias, éstas efectuarán la búsqueda masiva sobre el Registro Central de penados y mediante un programa de Office avanzado imprimirán el resultado encertificados individualizados.
  • Ante los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración Local en los términos señalados por el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, donde recepcionarán las peticiones.
  • A partir del 1 de Marzo:
    • Nace el Registro de delincuentes sexuales, este nuevo certificado específico sobre delitos de naturaleza sexual tendrá carácter gratuito, incluirá sello de órgano y código seguro de verificación (CSV) y se podrá solicitar en las mismas sedes.
2.2.3. POR CORREO 

Dirigido a cualesquiera de las Gerencias territoriales o al Centro de atención al ciudadano en la calle de La Bolsa, 6, Madrid.http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Portal/es/direccionestelefonos/ministeriojusticia/gerenciasterritoriales.

Los certificados solicitados por correo se remitirán, por el mismo medio, a la dirección indicada en el documento de solicitud.

  • Hasta el 29 de Febrero:
    • Cumplimentando el formulario que se ofrece en la sede del Ministerio de Justicia y previo pago de la tasa correspondiente.
  • A partir del 1 de Marzo:
    • Cumplimentando el formulario que se ofrece en la sede del Ministerio de Justicia.

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